También en el documento se menciona al ex ministro Enrique
Cornejo y al ex director de la Autoridad Autónoma del Tren Eléctrico de Lima, Oswaldo
Plascencia. Si bien no se configura los
delitos cometidos, según el Abogado Carlos Caro, estarían incursos los delitos
de configuración desleal y negociación incompatible.
El delito de configuración desleal; es un tipo penal que utiliza
un funcionario público, que en acuerdo
previo se presta para beneficiar a tercero en un proceso de contratación o
licitación según el art. 384 CPP, con una sanción de 3 a 15 años de prisión.
Con respecto al delito de negociación incompatible; se
trataría del aprovechamiento indebido del cargo de funcionario para un interés personal
o beneficio de un tercero, según el art. 399 del CPP, cuya sanción es de cuatro
a seis años de cárcel. Debe resaltarse que a los acusados no se les acusa de
recibir coima, como otros personajes implicados que ya se encuentran detenidos
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