(Lima/13/AGO/2013)
La Canciller y ex ministra de justicia del presente régimen, manifestó que no
existe un marco normativo que permita la prisión domiciliaria. En todo caso sería
el parlamento que debería legislar una
norma que lo permita.
Aunque precisó la ley debería tener una interpretación amplia
y no debe ser a nombre propio. La ley deberá permitir que los reos cumplan
parte de su sentencia en arresto domiciliario.
El jurista Julio Rodríguez manifestó que el arresto
domiciliario es una medida coercitiva que se tramita durante un proceso abierto
para asegurar la presencia del imputado.
Esa medida no se puede extender a la ejecución de una pena como en el
caso de Fujimori (25 años de cárcel por delitos de lesa humanidad)”
Para el abogado Natale Amprimo no existe un régimen legal
que contemple la posibilidad de que una persona condenada, como es el caso de
Fujimori, acceda a dicho beneficio. “En este caso- manifestó Amprimo-no estamos
ante un procesado, sino ante un condenado. Legalmente, la ley no contempla esa
posibilidad”,
El espectador en línea
blogspot.com

No hay comentarios:
Publicar un comentario