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(Lima/01/Feb/2014) El Jurado
Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedente el pedido del abogado Jesús
Barboza Cruz, militante del Partido Nacionalista Peruano, para que, través de
una resolución administrativa, el órgano electoral declarase inaplicable el
artículo 107° de la Ley Orgánica de Elecciones para el caso de la primera dama,
Nadine Heredia. Este artículo impide al cónyuge (y a otros familiares) del
presidente de la República ser candidato a ese cargo.
Según el informe jurídico de la Dirección General de
Normatividad y Asuntos Jurídicos del JNE, este no se puede pronunciar sobre una
"hipotética candidatura".
"(...) No existiendo a la fecha convocatoria a
elecciones generales, deviene en un imposible jurídico que el JNE emita
pronunciamiento, y en primera instancia, respecto de una hipotética candidatura",
se lee en el documento.
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