(Lima/20/mar/2013) El JNE
informó que la ley da postestad para emplear la fuerza pública con el fin que
las personas cumplan el deber de suplantar a los miembros de mesa. La ley
autoriza a recurrir a los electores de la misma mesa para que cumplan funciones
de miembros en caso de ausencia de titulares o suplentes, inclusive se puede
hasta requerir el auxilio de la fuerza pública.
El director de la Escuela
Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Virgilio Hurtado sostuvo que
las personas que se negaron a ser miembros de mesa, para sustituir a los
miembros titulares y suplentes ante sus ausencias, recibirán una multa de 185
soles, lo que corresponde al 5% de un UIT.
Para que la multa procese todas
las ausencias han debido ser registradas en el acta. Las personas que
consideran que su inasistencia ha sido justificada deberán acreditar sus
motivos que pueden ser enfermedad, fallecimiento de familiar directo,
incapacidad mental y pérdida o robo de D.N.I.
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